Al estilo mafia: Empresas de seguridad que violan derechos de trabajadores, pactaron precios para cobrar a clientes
Una práctica similar, pero en la venta de harina de pan ocurrió en el pasado, donde Molinos de El Salvador (Molsa) y HARISA se repartieron la venta de ese producto en todo El Salvador e impusieron el precio de la harina hasta que la empresa GUMARSAL quebró el mercado, lo que obligó el desplome del precio de la harina.

La Superintendencia de Competencia (SC) inició un procedimiento sancionatorio contra dos empresas de seguridad privada que al estilo mafia habrían fijado precios para unificar los precios que cobrarían a sus clientes, lo que constituye una clara violación que es penada por ley en el artículo 25 de la Ley de Competencia.
Las empresas señaladas son: Seguridad e Investigaciones Empresariales de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable (S.I.E.D.E.S., S. A. de C. V.) y Multi-inversión Salvadoreña, Sociedad Anónima de Capital Variable (MUINSA, S. A. de C. V.); ambas que se dedican al servicio de seguridad privada.
Según la Superintendencia de Competencia, las dos empresas están siendo investigadas por posibles violaciones al artículo 25 letra “C” de la Ley de Competencia (LC), relacionadas con acuerdos entre competidores, mediante la fijación o limitación de precios en subastas en cuatro procesos de compra promovidos por dos instituciones públicas.
Los procesos de compra suman más de dos millones de dólares y fueron adjudicados entre el 2020 y el 2023, por lo que se suma una falta por año.
La fijación o limitación de precios es perjudicial porque impide la competencia en igualdad de oportunidades; cuando se trata de fondos públicos, las instituciones contratantes no pueden tener un panorama completo y transparente para elegir el servicio que mejor les convenga, a un precio competitivo, que posibilite el uso eficiente de los recursos del Estado.
El artículo 44 de la Ley de Competencia faculta al Superintendente a investigar y requerir información, así como realizar otras diligencias de registros, entrevistas e inspecciones para garantizar el cumplimiento de la normativa que permitirá esclarecer los hechos.
Como resultado del procedimiento sancionador, la SC está facultada por la Ley para determinar responsabilidades e imponer multas según la gravedad de la infracción, daños y otros criterios determinados en la investigación.
Con esta actuación oportuna, la Superintendencia de Competencia sigue protegiendo y defendiendo la competencia en beneficio de todos los salvadoreños.
Estas dos empresas también son investigadas por el Ministerio de Trabajo al violar los derechos laborales al no pagar horas extras, nocturnidad, vacaciones y otras prestaciones a que tienen derechos los trabajadores de seguridad privada.
El ministro de Trabajo, Rolando Castro, libra una batalla a nivel legislativo para que los diputados aprueben una reforma que permita beneficiar a hombres y mujeres que trabajan se seguridad privada.
En el pasado MOLSA y HARISA se repartieron el mercado de la harina en El Salvador
Una práctica similar, pero en la venta de harina de pan ocurrió en el pasado, donde Molinos de El Salvador (Molsa) y HARISA se repartieron la venta de ese producto en todo El Salvador e impusieron el precio de la harina hasta que la empresa GUMARSAL quebró el mercado, lo que obligó el desplome del precio de la harina.
Tras una larga batalla legal, la Superintendencia de Competencia confirmó en mayo de 2017 que la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia declaró legal las sanciones impuestas a las harineras, debiendo hacer efectivo el pago de su respectiva multa: $1,971,015.16, para MOLSA y $2,061,406.20, para HARISA.
HARISA pagó de forma voluntaria la multa en agosto de 2017; mientras que en el caso de MOLSA, la FGR procedió a un proceso judicial de ejecución de sentencia en el que efectuó el embargo de sus cuentas bancarias para el pago efectivo realizado el pasado 15 de agosto, debido a que su dueño Adolfo Salume Artiñano llevó hasta el final que le permitió los recursos legales.
Cártel de la harina
Según estimaciones de la Superintendencia de Competencia, el acuerdo entre estas dos harineras les habría lucrado por más de $10 millones cada uno de los tres años que fue investigado el cártel de la harina, dado el sobreprecio generado artificialmente, el cual se ha calculado en un 22%. El pago de las multas que impone la Superintendencia es tramitado por la FGR; cuando es efectivo, los montos son trasladados al Fondo General de la Nación.
Esta práctica anticompetitiva habría implicado, según estimaciones de la institución, un sobreprecio para los consumidores de $25 millones por la harina de trigo comprada, entre noviembre de 2008 y diciembre de 2010. Según la encuesta de Hogares y Propósitos Múltiples (realizada en 2006) cerca del 96% de los hogares salvadoreños consumen pan, por lo que la práctica habría generado un daño significativo en la economía.
En abril de 2008 la Superintendencia de Competencia inició el procedimiento sancionador y allanó las instalaciones de MOLSA y HARISA para recabar evidencia de un posible acuerdo entre competidores. Con la prueba recabada se demostró que dichas empresas acordaron repartirse el mercado en 55% y 45%, respectivamente.
En consecuencia, el Consejo Directivo de la Superintendencia sancionó a tales agentes económicos, ordenando el cese del acuerdo anticompetitivo; la abstención de intercambiar datos o información sensible y relacionada con producción, ventas, precios y clientes; y el pago de las multas de $1,971,015.16, por MOLSA, y de $2,061,406.20, por HARISA. Los montos de estas multas equivalen al 3% de sus respectivas ventas registradas en el año 2007.