Corte IDH exige a Nicaragua aclarar situación del obispo Abelardo Mata y proteger sus derechos
La decisión también beneficia a Celia del Carmen Huete Reyes, Celia Leonor Huete Reyes, Álvaro José Huete Reyes y Celiana Paola Talavera Huete.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al Estado de Nicaragua adoptar medidas para proteger la vida, integridad personal, salud y libertad del obispo emérito de Estelí, monseñor Juan Abelardo Mata Guevara, así como de cuatro personas de su entorno cercano. La resolución fue divulgada el 25 de septiembre de 2026.
La decisión también beneficia a Celia del Carmen Huete Reyes, Celia Leonor Huete Reyes, Álvaro José Huete Reyes y Celiana Paola Talavera Huete. La Corte estableció que Nicaragua debe informar si el obispo se encuentra bajo algún régimen de privación o restricción de libertad. En caso de estar detenido, ordenó su liberación inmediata.
La situación de Mata había generado preocupación internacional después de su detención a finales de junio. Posteriormente, en agosto, medios oficialistas difundieron una entrevista en la que el religioso apareció en su residencia de Tisma, Masaya, aunque no quedó públicamente establecida la fecha en que fue grabada. La CIDH había solicitado previamente ampliar las medidas de protección debido a la falta de información verificable sobre su situación.
La Corte IDH también dispuso que, si el obispo permanece detenido, las autoridades nicaragüenses deben informar claramente a sus familiares y abogados sobre el lugar, las razones y las condiciones de la detención, además de garantizar su comunicación con ellos y el acceso a servicios de salud, medicamentos y alimentación adecuada.
Asimismo, el tribunal ordenó a Nicaragua abstenerse de imponer nuevas medidas restrictivas contra Mata y las otras cuatro personas protegidas, y de adoptar represalias contra sus familiares o representantes por la información presentada ante la Corte.
El Estado nicaragüense deberá entregar un informe sobre la situación del obispo y las demás personas beneficiarias a más tardar el 1 de octubre de 2026, según lo establecido en la resolución.




